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¿Has recibido tu certificado de donación?

Comienza la campaña de la declaración de la renta 2024 y todas las cuotas aportadas por nuestros socios colaboradores, asociados corporativos y partners son deducibles en el IRPF o Impuesto de Sociedades, como incentivo fiscal a la contribución social. Este ventajoso tratamiento fiscal de las aportaciones a asociaciones que como CAXXI son consideradas de utilidad pública, tienen el objetivo de incentivar y dinamizar la canalización de recursos privados a actividades y organizaciones que son consideradas de máximo interés para el desarrollo social y económico de su territorio.

Recordamos a todos nuestros Socios Colaboradores Protectores que ya se les ha enviado el certificado que acredita dicha aportación así como la deducción aplicable en el IRPF y además vendrá reflejada en el borrador de su declaración de la renta, en el caso de que tributen en España. En el caso de no haberlo recibido, por favor, ponte en contacto con nosotros en info@compromisoasturiasxxi.es

En el caso de los Asociados Corporativos y Parthers, también hemos enviado ya el certificado que acredita la donación en concepto de cuota, así como el porcentaje de deducción correspondiente en el Impuesto de Sociedades al 40% y 50% si esta aportación es recurrente. En el caso de que no lo hayas recibido, por favor ponte en contacto con nosotros en info@compromisoasturiasxxi.es

Nueva ley de mecenazgo

El 1 de enero de 2024 entró en vigor el Real Decreto Ley que modificó la Ley de mecenazgo vigente desde hace 21 años. Esta nueva normativa moderniza la regulación aplicable a las actuaciones de mecenazgo, mejorando el tratamiento fiscal de este tipo de aportaciones, con el objetivo de dinamizar la canalización de recursos privados a estas actividades y/u organizaciones de máximo interés para el desarrollo social y económico.

Las novedades que introduce la reforma de la nueva Ley del mecenazgo a los donantes que presentan declaración de IRPF o IS son las siguientes:

  1. Se estimula el micromecenazgo y se incrementan los porcentajes de deducción:
  • En el caso de personas físicas, se eleva de 150€ a 250€ la base sobre la que se puede deducir el 80% de la donación del IRPF y por el resto habrá un 40% de deducción (en lugar del 35% vigente).
  • En el caso de personas jurídicas, las deducciones en el impuesto sobre sociedades también pasan del 35 al 40%.

En ambos casos, para premiar el mecenazgo sostenido, la deducción aumenta al 45% en el caso de personas físicas y al 50% para las personas jurídicas (ambos con anterioridad a la reforma al 40%) si, en los dos años anteriores, se ha realizado la donación a la misma entidad al menos por el mismo importe.

Estos incrementos de deducción serán también aplicables a los no residentes que operen en territorio español sin establecimiento permanente.

Nos encontramos ante un conjunto de medidas tendentes a una mayor colaboración privada en el mecenazgo en diferentes ámbitos, sino que además se trata de un reflejo de la apuesta por la colaboración de los diferentes agentes económicos y sociales, que tendrá un efecto altamente positivo en la sociedad en su conjunto.

Puedes acceder a más información sobre la Ley a continuación:

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