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Declaración de la renta 2023: 80% de deducción de la cuota aportada por nuestros Socios Colaboradores

Comienza la campaña de la declaración de la renta 2023 y nuestros socios colaboradores pueden aplicarse una deducción del 80% de la cuota que aportan a Compromiso Asturias XXI como incentivo fiscal a la contribución social. Este ventajoso tratamiento fiscal de las aportaciones a asociaciones que como CAXXI son consideradas de utilidad pública, tienen el objetivo de incentivar y dinamizar la canalización de recursos privados a actividades y organizaciones que son consideradas de máximo interés para el desarrollo social y económico de su territorio.

Recordamos a todos nuestros Socios Colaboradores Protectores que ya se les ha enviado el certificado que acredita dicha aportación así como la deducción aplicable en el IRPF y además vendrá reflejada en el borrador de su declaración de la renta, en el caso de que tributen en España.

Nueva ley de mecenazgo

El 1 de enero entró en vigor el Real Decreto Ley que modificó la Ley de mecenazgo vigente desde hace 21 años. Esta nueva normativa moderniza la regulación aplicable a las actuaciones de mecenazgo, mejorando el tratamiento fiscal de este tipo de aportaciones, con el objetivo de dinamizar la canalización de recursos privados a estas actividades y/u organizaciones de máximo interés para el desarrollo social y económico.

Las novedades que introduce la reforma de la nueva Ley del mecenazgo a los donantes que presentan declaración de IRPF o IS son las siguientes:

  1. Se estimula el micromecenazgo y se incrementan los porcentajes de deducción:
  • En el caso de personas físicas, se eleva de 150€ a 250€ la base sobre la que se puede deducir el 80% de la donación del IRPF y por el resto habrá un 40% de deducción (en lugar del 35% vigente).
  • En el caso de personas jurídicas, las deducciones en el impuesto sobre sociedades también pasan del 35 al 40%.

En ambos casos, para premiar el mecenazgo sostenido, la deducción aumenta al 45% en el caso de personas físicas y al 50% para las personas jurídicas (ambos con anterioridad a la reforma al 40%) si, en los dos años anteriores, se ha realizado la donación a la misma entidad al menos por el mismo importe.

Estos incrementos de deducción serán también aplicables a los no residentes que operen en territorio español sin establecimiento permanente.

Nos encontramos ante un conjunto de medidas tendentes a una mayor colaboración privada en el mecenazgo en diferentes ámbitos, sino que además se trata de un reflejo de la apuesta por la colaboración de los diferentes agentes económicos y sociales, que tendrá un efecto altamente positivo en la sociedad en su conjunto.

Puedes acceder a más información sobre la Ley a continuación:

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